Por:Agencias.
Con el «permiso por luto» tendrán tres días de descanso con goce de sueldo.
Es aprobada unánimemente por la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara de diputados la reforma que obliga a los patrones otorgar a sus trabajadores un «permiso por luto», que consta de dar tres días hábiles con goce de sueldo tras el fallecimiento de alguno de sus familiares ya sean hijos, hermanos, padres o cónyuges.
Esta reforma falta ser avalada en el pleno y quien busque este beneficio, tendrá que presentar al jefe el acta de defunción correspondiente en un lapso de 15 días después del deceso.
Países como España, Colombia, Uruguay, Paraguay y Venezuela gozan de una licencia parecida a la que se propone. Empleados de ISSSTE y La Suprema Corte de la Nación gozan de este derecho y se considera ampliarlo a todos los ámbitos laborales.